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Calculadora de Prima Vacacional 2026

Art. 80 LFT · Mínimo 25% sobre el salario del período de vacaciones · Vacaciones Dignas 2023

Actualizado: 25 de mayo de 2026 · § Art. 76 LFT · § Art. 80 LFT · § Art. 93 LISR

Aviso: Esta calculadora es informativa y auxiliar. Basada en Arts. 76 y 80 LFT y Art. 93 LISR. El ISR exacto depende del ingreso acumulado anual del trabajador. Consulta a un contador certificado para tu caso específico.

¿Cuál es tu situación?

$

Tu sueldo mensual bruto. Se divide entre 30 para obtener el salario diario.

Selecciona tus años completos trabajados en la empresa.

%

El mínimo legal es 25%. Si tu empresa otorga más, ajusta aquí.

Salario diario
Días vacaciones
Días a cobrar
% Prima
Salario de vacaciones Art. 76 LFT $0.00
Prima vacacional bruta Art. 80 LFT · 25% mín. $0.00
Exención ISR — 15 UMAs ($1,759.65) Art. 93 Fracc. XIV LISR $0.00
Prima gravada (excede exención) $0.00
ISR retenido estimado Art. 96 LISR · tarifa mensual $0.00

⚠️ UMA vs Salario Mínimo: El Art. 93 LISR dice "15 días de salario mínimo" ($4,725.60 en 2026). Sin embargo, desde la reforma de desindexación (DOF 27-01-2016), el SAT aplica la UMA como referencia fiscal: 15 × $117.31 = $1,759.65. Esta calculadora usa el criterio UMA. Si tu empresa aplica salario mínimo, consulta a tu contador.

Prima vacacional neta estimada
Después de ISR estimado
$0.00

¿Cómo funciona esta herramienta?

¿Qué es la prima vacacional y quién tiene derecho a ella?

La prima vacacional es una prestación económica obligatoria que el patrón debe pagar al trabajador durante su período de vacaciones. No es un bono discrecional — está establecida en el Artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo como un derecho mínimo irrenunciable. El monto mínimo es el 25% del salario que corresponde al período de vacaciones, aunque el contrato colectivo o individual puede establecer un porcentaje mayor.

Todo trabajador con relación laboral formal bajo el Apartado A del Artículo 123 Constitucional tiene derecho a prima vacacional — sin importar si trabaja por hora, por día, por semana o por mes. También aplica a trabajadores domésticos y de campo, con las particularidades que establece la LFT para cada régimen.

§ Art. 80 LFT: "Los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de veinticinco por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones." · § Art. 5 LFT: Las disposiciones sobre prima vacacional son irrenunciables — cualquier contrato que las elimine o reduzca es nulo.

¿Cómo se calcula la prima vacacional?

La fórmula es directa. Primero se obtiene el salario diario dividiendo el salario mensual entre 30. Después se multiplica el salario diario por los días de vacaciones que corresponden según la antigüedad — ese resultado es el salario de vacaciones. La prima vacacional es el 25% (o más si así lo establece el contrato) de ese salario de vacaciones.

Ejemplo con salario de $20,000/mes y 3 años de antigüedad:
Salario diario: $20,000 ÷ 30 = $666.67
Días de vacaciones (3 años): 16 días
Salario de vacaciones: $666.67 × 16 = $10,666.72
Prima vacacional bruta (25%): $10,666.72 × 0.25 = $2,666.68
Exención ISR (15 UMAs): $1,759.65
Monto gravado: $2,666.68 − $1,759.65 = $906.03
ISR aproximado: ~$64.60
Prima vacacional neta estimada: ~$2,602.08

La calculadora de arriba hace este cálculo automáticamente para cualquier salario y antigüedad, incluyendo el modo proporcional si saliste antes de cumplir el año.

¿Cuándo se paga la prima vacacional?

La prima vacacional debe pagarse antes de que el trabajador salga de vacaciones, no al regresar. Así lo establece el Artículo 80 LFT en relación con el Artículo 81 LFT, que obliga al patrón a señalar la fecha de vacaciones dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicio.

Si el trabajador renuncia o es despedido antes de cumplir el año, la prima vacacional proporcional debe liquidarse en el finiquito, calculada sobre los días de vacaciones que correspondan por el tiempo trabajado.

Punto frecuente de conflicto: Algunos patrones pagan la prima vacacional junto con el salario del primer día de vacaciones o la acumulan para fin de año. Eso no está prohibido si el trabajador lo acepta, pero el derecho existe desde que se cumplen los días de antigüedad requeridos. El plazo de prescripción para reclamar la prima vacacional no pagada es de 1 año (Art. 516 LFT).

Prima vacacional proporcional — cuándo aplica

Si el trabajador no llega a cumplir un año en la empresa — por renuncia, despido o cualquier otra causa de terminación — tiene derecho a la prima vacacional proporcional. Se calcula dividiendo los días de vacaciones del primer año (12 días) entre 365 y multiplicando por los días efectivamente trabajados.

Por ejemplo, si alguien trabajó 200 días: (12 ÷ 365) × 200 = 6.57 días de vacaciones proporcionales. La prima vacacional sería el 25% del salario correspondiente a esos 6.57 días. Este monto debe incluirse obligatoriamente en el finiquito.

§ Art. 79 LFT: "El trabajador que no haya cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentre laborando o no en la fecha de vencimiento del año, tendrá derecho a una remuneración proporcionada al tiempo de servicios prestados."

Tabla de vacaciones por antigüedad 2026 Art. 76 LFT · Vacaciones Dignas DOF 27-12-2022

Días mínimos de vacaciones laborables según años de servicio

Antigüedad Días vacaciones Prima bruta
salario $315/día
ISR sobre prima
1 año12 días$945.00Exento — menor a $1,759.65
2 años14 días$1,102.50Exento — menor a $1,759.65
3 años16 días$1,260.00Exento — menor a $1,759.65
4 años18 días$1,417.50Exento — menor a $1,759.65
5 años20 días$1,575.00Exento — menor a $1,759.65
6–10 años22 días$1,732.50Exento — menor a $1,759.65
11–15 años24 días$1,890.00Sí — $130.35 gravado
16–20 años26 días$2,047.50Sí — $287.85 gravado
21–25 años28 días$2,205.00Sí — $445.35 gravado
26–30 años30 días$2,362.50Sí — $602.85 gravado

Ejemplo con salario mínimo general CONASAMI 2026: $315.04/día · Exención ISR: 15 UMAs × $117.31 = $1,759.65 (criterio SAT)

Fundamento legal

§ Art. 76 LFT — Días de vacaciones mínimos por antigüedad (Reforma Vacaciones Dignas, DOF 27-12-2022)
§ Art. 80 LFT — Prima vacacional mínima del 25% sobre el salario del período de vacaciones
§ Art. 93 Fracc. XIV LISR — Exención ISR: criterio SAT 15 UMAs = $1,759.65 · texto literal 15 días salario mínimo = $4,725.60
§ Art. 96 LISR — Tarifa de retención mensual de ISR para sueldos y salarios · Anexo 8 RMF 2026
§ DOF 27-01-2016 — Decreto de desindexación: la UMA sustituye al salario mínimo como referencia fiscal en leyes federales

Preguntas frecuentes sobre la prima vacacional

¿Cuánto es la prima vacacional en México 2026?

Conforme al Art. 80 LFT, la prima vacacional mínima es el 25% sobre el salario del período de vacaciones. Si tu salario diario es $500 y te corresponden 12 días de vacaciones, el salario de vacaciones es $6,000 y tu prima es $1,500.

¿Cuántos días de vacaciones me corresponden en 2026?

Con la reforma Vacaciones Dignas (DOF 27-12-2022): 1 año = 12 días, 2 = 14, 3 = 16, 4 = 18, 5 = 20, 6-10 = 22, 11-15 = 24, 16-20 = 26, 21-25 = 28, 26-30 = 30 días, con incrementos de 2 días por cada 5 años adicionales.

¿La prima vacacional paga ISR?

Tiene una exención conforme al Art. 93 Fracc. XIV LISR. El criterio del SAT aplica 15 UMAs = $1,759.65 en 2026. El monto que supere esa cantidad sí está sujeto a retención según la tarifa del Art. 96 LISR.

¿Tengo derecho a prima vacacional si renuncio?

Sí. Si renuncias o eres despedido antes de cumplir el año, tienes derecho a la prima vacacional proporcional calculada sobre los días de vacaciones que correspondan por el tiempo trabajado. Debe incluirse en tu finiquito conforme al Art. 80 LFT.

¿Cuándo se paga la prima vacacional?

No tiene una fecha fija como el aguinaldo. Se paga junto con o antes de que empieces tus vacaciones, conforme al Art. 80 LFT — la fecha depende de tu aniversario laboral (cuando cumples un año o más de trabajar ahí), y tu patrón tiene hasta 6 meses desde esa fecha para darte tus vacaciones (Art. 81 LFT). Si tu empresa no te ha dado vacaciones ni la prima dentro de ese plazo, puede estar incumpliendo la ley.

¿Por qué algunas páginas dicen que la exención es de $4,725.60 y otras $1,759.65?

Las dos cifras salen del mismo Art. 93 LISR, pero usan distinta unidad de medida. El texto dice "15 días de salario mínimo" — con el salario mínimo de 2026 eso da $4,725.60. Pero desde 2016 hay una regla que dice que cuando una ley usa "salario mínimo" para calcular impuestos, en realidad debe usarse la UMA, que es un valor distinto. Por eso el SAT aplica $1,759.65 (15 UMAs) como el monto real exento, no los $4,725.60. Si tu empresa usa la cifra equivocada, puede haber una diferencia de impuestos pendiente.

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Aviso importante: Esta calculadora es de carácter informativo y auxiliar basada en los Arts. 76 y 80 de la Ley Federal del Trabajo y Art. 93 Fracc. XIV LISR. El resultado es una estimación del monto mínimo legal. El ISR exacto depende del ingreso acumulado anual del trabajador — este cálculo aplica la tarifa mensual del Art. 96 sobre la parte gravada. La exención usa el criterio UMA del SAT ($1,759.65 = 15 × $117.31). Consulta a un contador certificado para confirmar el cumplimiento de tus obligaciones fiscales.