Si recibes pagos en dólares, importas mercancía o emites facturas en USD, en algún momento te habrás preguntado: ¿a qué tipo de cambio convierto esto? En México el dólar no tiene curso legal —toda obligación en moneda extranjera debe convertirse a pesos— y el Banco de México publica tres valores distintos según el uso. Entender cuál aplica a cada caso te ahorra errores en declaraciones y discrepancias con el SAT. (Art. 8° Ley Monetaria · Art. 20 CFF)

¿Por qué existen tres tipos de cambio y no uno?

El fundamento está en el Art. 8° de la Ley Monetaria: en México la moneda extranjera no tiene curso legal, y las obligaciones en dólares deben saldarse en pesos al tipo de cambio que rija en el lugar y fecha del pago. La misma ley le encomienda al Banco de México definir ese tipo de cambio mediante sus propias disposiciones.

De esa encomienda nacen los tres valores que Banxico publica diariamente, cada uno pensado para un contexto distinto. No son tres cifras caprichosas: el FIX se determina hoy, el DOF lo publica mañana, y el Para Pagos es el que estaba vigente ayer. Los tres son el mismo dato base con un desfase de un día hábil.

¿Cuál es la diferencia entre FIX, DOF y Para Pagos?

Tipo de cambio Serie Banxico Cuándo se determina Para qué se usa Fundamento
FIX SF43718 Hoy, a partir de las 12:00 hrs de cada día hábil bancario Referencia de mercado. Es la base del DOF de mañana Banxico
Publicación DOF SF43718 Mañana: es el FIX de ayer, publicado en el Diario Oficial de la Federación Es el último FIX publicado; al día hábil siguiente se aplica como Para Pagos Banxico · DOF
Para Pagos SF60653 Es el DOF del día hábil anterior Determinar contribuciones en moneda extranjera (ISR, IVA), incluidas las de un CFDI en dólares si no compraste los dólares Art. 20 párr. 3° CFF

¿Cuál tipo de cambio usar ante el SAT? — Guía por situación

La respuesta depende de qué estás haciendo. Estas son las situaciones más comunes:

Para emitir una factura CFDI en dólares: la Guía de llenado del CFDI pide registrar "el tipo de cambio FIX conforme a la moneda registrada en el comprobante", sin decir de qué día. Para los impuestos de esa factura aplica la regla del Art. 20 del CFF que se explica abajo: el tipo al que compraste los dólares o, si no los compraste, el publicado en el DOF el día anterior (Para Pagos).

Para determinar contribuciones en moneda extranjera (ISR, IVA, declaraciones): el Art. 20 párr. 3° del CFF establece que se usa el tipo de cambio que Banxico publique en el DOF el día anterior a aquél en que se causen las contribuciones. Ese valor es lo que se conoce operativamente como "Para Pagos". El CFF habla del día de causación, no del día de pago — en la mayoría de casos coinciden, pero no siempre.

Para contratos, derivados o instrumentos financieros: se usa el tipo de cambio que pacten las partes; el FIX es la referencia de mercado que Banxico da a conocer a partir de las 12:00 hrs.

Resumen rápido — ¿qué usar en cada caso?
CFDI en dólares (no compraste los dólares)Para Pagos (DOF del día anterior a la operación) — Art. 20 CFF
Determinar contribuciones en USDPara Pagos (DOF día anterior a la causación) — Art. 20 CFF
Contratos y derivados financierosLo que pacten; el FIX es la referencia de mercado
Compraste los dólaresEl tipo al que los adquiriste — Art. 20 CFF

Diferencia cambiaria: cuando facturas hoy y cobras después

Si emites una factura en dólares hoy y la cobras en 30 días, es casi seguro que el tipo de cambio habrá variado. Esa diferencia entre el tipo de cambio de la fecha de facturación y el de la fecha de cobro genera una utilidad o pérdida cambiaria que debe registrarse contablemente y tiene efectos fiscales en ISR.

La utilidad cambiaria es un ingreso acumulable para efectos de ISR; la pérdida cambiaria puede ser deducible, siempre que cumpla los requisitos de los Arts. 8, 18 fracc. IX y 25 fracc. VII de la LISR. Para quienes tienen operaciones recurrentes en divisas —exportadores, freelancers con clientes extranjeros, empresas importadoras— esto puede representar diferencias significativas en el resultado fiscal del ejercicio. Es recomendable llevarlo con un contador.

¿Por qué aparece N/E (No Especificado)?

Banxico da a conocer el FIX a partir de las 12:00 hrs en días hábiles bancarios. Si es fin de semana, día festivo o aún no son las 12:00 hrs del día, el FIX del día aparece como N/E. En esos casos, el tipo de cambio vigente para efectos fiscales sigue siendo el último Para Pagos publicado en día hábil, conforme al Art. 20 CFF que establece que cuando no haya publicación se aplica el último valor publicado con anterioridad.

Errores comunes al usar el tipo de cambio SAT

Regla del Art. 20 CFF: para determinar contribuciones en USD —también las de un CFDI en dólares— usa el tipo al que compraste los dólares o, si no los compraste, el Para Pagos (publicado en el DOF el día anterior a la operación). Ante cualquier duda, consulta a tu contador.
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Para la explicación detallada del desfase entre los tres valores, consulta FIX, DOF y Para Pagos: cuál tipo de cambio usar ante el SAT · También puedes ver Tipo de Cambio DOF hoy — valor oficial Banxico.

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