Si alguna vez tuviste que facturar en dólares y te preguntaste a qué tipo de cambio convertir el monto, o si tuviste que pagar impuestos en USD y no sabías exactamente qué número usar, estás en el lugar correcto. En México el dólar no tiene curso legal —toda obligación en moneda extranjera debe convertirse a pesos— y la ley establece mecanismos específicos para hacer esa conversión según el contexto. Aquí explicamos cómo funciona cada uno. (Art. 8° Ley Monetaria)
¿Por qué existe un tipo de cambio "oficial"? — El fundamento legal
El Art. 8° de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos establece que la moneda extranjera no tiene curso legal en México, y que las obligaciones de pago en moneda extranjera contraídas para cumplirse en el país deben solventarse entregando el equivalente en pesos, al tipo de cambio que rija en el lugar y fecha del pago. La misma ley delega en el Banco de México determinar cuál tipo de cambio aplica en cada caso.
De esa delegación nace toda la estructura que conocemos: el FIX, la Publicación DOF y el Para Pagos son los instrumentos concretos con los que Banxico y el CFF operacionalizan ese principio legal. Sin el Art. 8° LMEUM, ninguno de esos tres valores tendría sustento jurídico.
¿Qué es la Publicación DOF de Banxico?
El Banco de México determina cada día hábil bancario, a las 12:00 horas, el tipo de cambio FIX. Ese valor se publica al día hábil siguiente en el Diario Oficial de la Federación —de ahí el nombre "Publicación DOF". Ambos pertenecen a la misma serie estadística de Banxico: la SF43718.
El FIX de hoy y la Publicación DOF de hoy son el mismo dato numérico, pero de fechas distintas:
Los tres valores son generalmente distintos entre sí porque cada uno corresponde a un día hábil diferente. Todos derivan del mismo FIX Banxico con un desfase de un día hábil.
¿Para qué se usa el tipo de cambio DOF en México?
La Publicación DOF tiene usos distintos según la situación. Esta tabla resume los más comunes:
| Situación | Tipo de cambio a usar | Fundamento |
|---|---|---|
| Emitir factura CFDI en dólares | Para los impuestos: Para Pagos — publicado en el DOF el día anterior a la operación, si no compraste los dólares | CFF Art. 20, párr. 3° · Guía de llenado CFDI (FIX) |
| Determinar contribuciones en USD (declaraciones) | El tipo al que se adquirió la moneda; si no hubo adquisición, el Para Pagos: publicado en el DOF el día anterior a aquel en que se causan | CFF Art. 20, párr. 3° |
| Pagar impuestos o derechos en USD | Para Pagos — DOF del día hábil anterior a la fecha en que se causan las contribuciones | CFF Art. 20, párr. 3° |
| Contratos y derivados financieros | Lo que pacten las partes; el FIX Banxico es la referencia de mercado (se da a conocer a partir de las 12:00 hrs) | Contrato · Banxico |
¿A qué hora se publica el tipo de cambio DOF?
La Publicación DOF de hoy corresponde al FIX que Banxico determinó ayer a las 12:00 hrs. El FIX de hoy —que será el DOF de mañana— está disponible después de las 12:00 hrs en días hábiles.
¿Qué pasa si uso el tipo de cambio equivocado?
Esta es la pregunta detrás de todas las demás. En términos generales, usar un tipo de cambio distinto al que establece el CFF en una declaración puede generar diferencias en el monto de contribuciones determinadas, lo que puede derivar en omisiones o pagos en exceso. Para facturas CFDI, si el tipo de cambio queda fuera del rango que el SAT permite para la moneda, se necesita una clave de confirmación para timbrarlo.
La gravedad depende del contexto: una diferencia menor en un CFDI tiene menos impacto que usar el tipo de cambio incorrecto para determinar el ISR de un ejercicio completo con ingresos importantes en dólares. En todos los casos la recomendación es documentar el tipo de cambio utilizado y su fuente, con su fecha de publicación en el DOF.
Si hay discrepancias por el tipo de cambio en una auditoría del SAT, la carga de la prueba recae en el contribuyente para justificar el valor utilizado.
¿Dónde verificar el tipo de cambio DOF oficial?
- Sistema de Información Económica de Banxico (SIE): en banxico.org.mx/SieInternet, serie SF43718 (FIX / DOF) y SF60653 (Para Pagos). Tiene el historial completo.
- Diario Oficial de la Federación: en dof.gob.mx. La sección de tipo de cambio se publica en la primera sección del DOF cada día hábil.
- Esta página: obtiene el dato directamente de la API oficial de Banxico y muestra el último valor disponible en tiempo real.
Errores comunes al usar el tipo de cambio SAT
Estos son los errores más frecuentes que cometen contribuyentes —y que los contadores reciben como consulta— al trabajar con el tipo de cambio oficial:
- Usar la Publicación DOF de hoy para los impuestos de hoy. Para determinar contribuciones —incluidas las de una factura CFDI en dólares— el Art. 20 CFF usa el tipo publicado en el DOF el día anterior (Para Pagos), no el publicado hoy.
- Creer que la Guía del CFDI fija el día. La Guía de llenado pide "el tipo de cambio FIX" sin decir de qué día; la regla de fecha para los impuestos está en el Art. 20 CFF.
- Confundir "día de causación" con "día de pago". El CFF Art. 20 párr. 3° habla del día en que se causan las contribuciones, no del día en que se pagan. En la mayoría de casos coinciden, pero no siempre.
- Usar el tipo de cambio de hoy para pagar impuestos de hoy. Para obligaciones en dólares, Banxico indica que se usa el tipo publicado en el DOF el día hábil bancario inmediato anterior (Para Pagos) —no el publicado hoy.
- Usar el FIX directamente para declaraciones fiscales. El FIX es referencia de mercado. El CFF no lo menciona para obligaciones fiscales — el valor relevante es el publicado en el DOF el día anterior (Para Pagos).
- Asumir que todos los días hay publicación nueva. Sábados, domingos y días inhábiles bancarios no hay FIX ni se publica tipo de cambio en el DOF. Aplica el último valor publicado en día hábil (CFF Art. 20).
Convierte dólares a pesos con los tres tipos de cambio oficiales. Incluye historial del mes actual.
Ver tipo de cambio SAT completo →Preguntas frecuentes
El tipo de cambio DOF (Diario Oficial de la Federación) es el FIX Banxico del día anterior publicado al día siguiente en el DOF. Al día hábil siguiente de su publicación se aplica como "Para Pagos", que es el valor que el Art. 20 del CFF usa para determinar los impuestos de operaciones en dólares (incluidas las facturas CFDI, si no compraste los dólares). Pertenece a la serie estadística SF43718 del Banco de México.
El valor de la Publicación DOF de hoy muestra el último valor disponible al inicio de esta página. Proviene directamente de la API oficial del Banco de México (serie SF43718) y se actualiza automáticamente cada día hábil bancario.
Son el mismo dato numérico pero de fechas distintas. El FIX de hoy se convierte en la Publicación DOF de mañana. Es decir, el FIX que Banxico determina hoy a las 12:00 hrs será exactamente el valor que el DOF publique mañana. Ambos pertenecen a la serie SF43718.
La Publicación DOF de hoy está disponible durante el día hábil bancario (el horario exacto puede variar). El FIX Banxico de hoy —que será la Publicación DOF de mañana— está disponible después de las 12:00 hrs. Los días no hábiles no hay publicación nueva.
Para determinar contribuciones en moneda extranjera —incluidas las de una factura CFDI en dólares— el Art. 20 del CFF usa el tipo de cambio que Banxico publique en el DOF el día anterior a aquél en que se causen (si no compraste los dólares), valor que se conoce como "Para Pagos". La Guía de llenado del CFDI pide "el tipo de cambio FIX" sin decir de qué día. El fundamento de fondo es el Art. 8° de la Ley Monetaria: el dólar no tiene curso legal en México y toda obligación en moneda extranjera debe convertirse a pesos al tipo de cambio vigente.
Usar un tipo de cambio distinto al que establece el Art. 20 CFF puede generar diferencias en contribuciones determinadas, lo que puede derivar en omisiones o pagos en exceso. Para CFDI, si el tipo de cambio queda fuera del rango que el SAT permite para la moneda, se necesita una clave de confirmación para timbrarlo (Guía de llenado del CFDI). Siempre documenta el tipo de cambio utilizado y su fuente. Ante dudas, consulta a un contador certificado.
Las fuentes oficiales son el Sistema de Información Económica de Banxico (banxico.org.mx/SieInternet), serie SF43718, y el propio Diario Oficial de la Federación (dof.gob.mx). Esta página obtiene el dato directamente de la API oficial de Banxico.
Fuentes oficiales
- Banco de México — API SIE: serie SF43718 (Publicación DOF / FIX) y SF60653 (Para Pagos). Fuente de los datos mostrados en esta página.
- Código Fiscal de la Federación, Art. 20, párr. 3°: tipo de cambio para determinar contribuciones en moneda extranjera — DOF del día anterior a aquél en que se causen.
- Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, Art. 8° (DOF 28-12-1981): fundamento legal para convertir obligaciones en moneda extranjera a pesos; delega en Banxico determinar el tipo aplicable.
- Diario Oficial de la Federación: publicación diaria del tipo de cambio determinado por Banxico.
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