En México, la Ley Federal del Trabajo establece qué días son de descanso obligatorio para todos los trabajadores. Estos días son irrenunciables: el patrón no puede exigir que se trabajen sin la compensación que la propia ley establece, y tampoco puede sustituirlos por otros días sin acuerdo entre las partes.
Para 2026, el artículo 74 de la LFT fija 7 días de descanso obligatorio de carácter permanente. Algunos de estos días se trasladan al lunes más cercano para formar puentes, según lo determina la propia ley.
Los 7 días festivos oficiales 2026
Nota: El artículo 74 también contempla el día de transmisión del Poder Ejecutivo Federal (Fracc. VII, cada 6 años) y el día de jornada electoral (Fracc. IX, según las leyes electorales de cada entidad). En 2026 no hay transmisión del Ejecutivo Federal. Para elecciones estatales como las de Coahuila, las autoridades locales determinarán su aplicación.
¿Cuánto se paga si trabajas un día festivo?
Conforme al artículo 75 de la LFT, si el trabajador presta servicios en un día de descanso obligatorio, tiene derecho a recibir el salario que le corresponde por el descanso más un salario doble adicional por el servicio prestado. En términos prácticos, el pago total es triple.
Fórmula — Pago por trabajar en día festivo (Art. 75 LFT):
Ejemplo: Si tu salario diario es $500, al trabajar un festivo recibes $500 (día normal) + $1,000 (doble adicional) = $1,500 en total.
¿Qué pasa si el festivo cae en domingo?
Si un día de descanso obligatorio coincide con domingo y el trabajador labora ese día, corresponde adicionalmente la prima dominical del 25% sobre el salario diario, conforme al artículo 71 de la LFT. Esto se suma al pago triple ya indicado.
Días que NO son festivos obligatorios por la LFT
Existe confusión frecuente sobre algunas fechas que son culturalmente importantes pero que el artículo 74 de la LFT no contempla como descanso obligatorio:
- Semana Santa (Jueves y Viernes Santo)
- Día de Muertos (2 de noviembre)
- Día de la Virgen de Guadalupe (12 de diciembre)
- 5 de mayo (Batalla de Puebla)
- 12 de octubre (Día de la Raza)
- Día de Reyes Magos (6 de enero)
Que estas fechas sean día libre depende exclusivamente de la política interna de cada empresa o de lo que establezca el contrato colectivo. No existe obligación legal universal para el sector privado.
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