En México, la Ley Federal del Trabajo establece qué días son de descanso obligatorio para todos los trabajadores. Estos días son irrenunciables: el patrón no puede exigir que se trabajen sin la compensación que la propia ley establece, y tampoco puede sustituirlos por otros días sin acuerdo entre las partes.

Para 2026, el artículo 74 de la LFT fija 7 días de descanso obligatorio de carácter permanente. Algunos de estos días se trasladan al lunes más cercano para formar puentes, según lo determina la propia ley.

Los 7 días festivos oficiales 2026

Art. 74 LFT — Días de descanso obligatorio 2026
1 ene 2026
Año Nuevo
Art. 74 Fracc. I · Jueves
2 feb 2026
Conmemoración del 5 de febrero
Art. 74 Fracc. II · Primer lunes de febrero · Lunes
16 mar 2026
Conmemoración del 21 de marzo (Natalicio de Juárez)
Art. 74 Fracc. III · Tercer lunes de marzo · Lunes
1 may 2026
Día del Trabajo
Art. 74 Fracc. IV · Viernes
16 sep 2026
Día de la Independencia
Art. 74 Fracc. V · Miércoles
16 nov 2026
Conmemoración del 20 de noviembre (Revolución Mexicana)
Art. 74 Fracc. VI · Tercer lunes de noviembre · Lunes
25 dic 2026
Navidad
Art. 74 Fracc. VIII · Viernes

Nota: El artículo 74 también contempla el día de transmisión del Poder Ejecutivo Federal (Fracc. VII, cada 6 años) y el día de jornada electoral (Fracc. IX, según las leyes electorales de cada entidad). En 2026 no hay transmisión del Ejecutivo Federal. Para elecciones estatales como las de Coahuila, las autoridades locales determinarán su aplicación.

¿Cuánto se paga si trabajas un día festivo?

Conforme al artículo 75 de la LFT, si el trabajador presta servicios en un día de descanso obligatorio, tiene derecho a recibir el salario que le corresponde por el descanso más un salario doble adicional por el servicio prestado. En términos prácticos, el pago total es triple.

Fórmula — Pago por trabajar en día festivo (Art. 75 LFT):

Salario del día + Salario doble = Salario triple

Ejemplo: Si tu salario diario es $500, al trabajar un festivo recibes $500 (día normal) + $1,000 (doble adicional) = $1,500 en total.

¿Qué pasa si el festivo cae en domingo?

Si un día de descanso obligatorio coincide con domingo y el trabajador labora ese día, corresponde adicionalmente la prima dominical del 25% sobre el salario diario, conforme al artículo 71 de la LFT. Esto se suma al pago triple ya indicado.

Días que NO son festivos obligatorios por la LFT

Existe confusión frecuente sobre algunas fechas que son culturalmente importantes pero que el artículo 74 de la LFT no contempla como descanso obligatorio:

Que estas fechas sean día libre depende exclusivamente de la política interna de cada empresa o de lo que establezca el contrato colectivo. No existe obligación legal universal para el sector privado.

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Preguntas frecuentes

Conforme al Art. 74 de la LFT, en 2026 hay 7 días de descanso obligatorio de carácter permanente: 1 enero, 2 febrero (primer lunes), 16 marzo (tercer lunes), 1 mayo, 16 septiembre, 16 noviembre (tercer lunes) y 25 diciembre.
Conforme al Art. 75 de la LFT, recibes el salario normal del día más un salario doble adicional. En total, el pago es triple. Si tu salario diario es $500, debes recibir $1,500 ese día.
No. Esas fechas no están en el Art. 74 de la LFT como días de descanso obligatorio. Su concesión como día libre depende de la política interna de cada empresa o de contratos colectivos.
Si el festivo cae en domingo y el trabajador labora, además del pago triple por ser día de descanso obligatorio, tiene derecho a la prima dominical del 25% adicional conforme al Art. 71 de la LFT.
No para trabajadores del sector privado. El Art. 74 de la LFT no incluye esas fechas. Pueden ser asueto en escuelas o dependencias de gobierno, pero no generan obligación legal de descanso para el sector privado.
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