Desde el 1 de enero de 2023, la Reforma de Vacaciones Dignas modificó el Artículo 76 de la LFT para aumentar significativamente los días mínimos de vacaciones. Antes de la reforma, el primer año solo correspondían 6 días. Con la reforma, ese mínimo se duplicó a 12 días y se estableció una progresión más favorable en todos los tramos de antigüedad. En 2026 la tabla ya lleva tres años vigente y aplica a todas las personas que trabajan para un patrón, estén o no dadas de alta en el IMSS.

Es importante entender que estos son los días mínimos que establece la ley. El contrato colectivo o el patrón pueden otorgar más días, pero nunca menos. Cualquier acuerdo que reduzca estos mínimos no tiene validez legal.

Tabla de vacaciones 2026 por antigüedad (Art. 76 LFT)

Antigüedad Días de vacaciones mínimos Antes de 2023
1 año12 días6 días
2 años14 días8 días
3 años16 días10 días
4 años18 días12 días
5 años20 días14 días
6 a 10 años22 días14 días (16 en el año 10)
11 a 15 años24 días16 días (18 en el año 15)
16 a 20 años26 días18 días (20 en el año 20)
21 a 25 años28 días20 días (22 en el año 25)
26 a 30 años30 días22 días (24 en el año 30)
31 a 35 años32 días24 días (26 en el año 35)

§ Art. 76 LFT · Reforma Vacaciones Dignas DOF 27-12-2022 · vigente desde 01/01/2023

La progresión no tiene un tope legal: el Art. 76 LFT sigue sumando 2 días por cada 5 años adicionales de antigüedad sin límite, así que 36 a 40 años corresponden a 34 días, 41 a 45 años a 36 días, y así sucesivamente.

¿Qué cambió con la Reforma de Vacaciones Dignas?

Antes de la reforma (hasta 2022), el primer año solo correspondían 6 días. La reforma duplicó ese mínimo a 12 días y estableció una progresión más favorable para todos los tramos. El patrón que no respete estos mínimos puede ser sancionado conforme al Art. 994 LFT.

¿Cómo se calculan las vacaciones proporcionales?

Si tu trabajo termina antes de que cumplas tu siguiente año en la empresa, tienes derecho a la parte proporcional de las vacaciones de ese año que estabas trabajando (Art. 79 LFT):

Fórmula: (Días de vacaciones del año que estabas trabajando ÷ 365) × Días trabajados desde tu último aniversario

Ejemplo: si llevabas 1 año y 8 meses, ibas en tu segundo año, que da 14 días. Con 240 días trabajados desde tu aniversario: (14 ÷ 365) × 240 = 9.21 días de vacaciones proporcionales. Si aún no cumplías tu primer año, se usan los 12 días del primer año.