Si has visto en tu recibo de nómina una línea que dice "Subsidio para el empleo" y nunca has entendido qué es, aquí está la respuesta directa: es un beneficio fiscal del gobierno federal para trabajadores con sueldo bajo. En lugar de que pagues ISR completo, el gobierno te da un crédito mensual que lo reduce — o lo elimina completamente. En 2026, ese crédito es de $536.22 por mes para quienes ganan hasta $11,492.66 mensuales. El patrón lo calcula y aplica automáticamente — no tienes que pedirlo ni tramitarlo.

La respuesta directa: es un crédito que reduce tu ISR mensual

El subsidio al empleo funciona así: tu patrón calcula primero el ISR que te correspondería pagar sobre tu sueldo del mes. Luego compara ese ISR con el monto del subsidio que te corresponde. Lo que pase después depende de cuál es mayor:

§ Cómo afecta el subsidio tu nómina — Decreto DOF 31/12/2025

  • › Tu ISR del mes es mayor al subsidio → el subsidio reduce tu retención (pagas menos ISR)
  • › El subsidio es mayor al ISR del mes → el ISR queda en $0 · el excedente no se entrega como pago adicional
  • › Tus ingresos mensuales superan $11,492.66 → subsidio = $0.00, pagas ISR sin crédito

§ Monto del subsidio 2026

El subsidio para el empleo en 2026 es de $536.22 mensuales (febrero a diciembre). Se aplica contra el ISR — si el subsidio es mayor al ISR del mes, el ISR queda en cero. Desde el Decreto DOF 01/05/2024, el excedente ya no se entrega al trabajador como pago adicional. El Decreto DOF 31/12/2025 establece expresamente ese monto en sus considerandos.

El mecanismo vigente en 2026: ya no es una tabla de rangos

Hasta 2023, el subsidio al empleo funcionaba con una tabla de rangos de ingresos con montos distintos para cada nivel (Decreto DOF 26/12/2013). Esa tabla quedó obsoleta porque el salario mínimo la rebasó. Desde el 1° de mayo de 2024, el mecanismo cambió completamente: ahora el subsidio es una cuota fija mensual igual para todos los trabajadores que califican, calculada como un porcentaje de la UMA.

§ Mecanismo vigente — Art. Segundo Decreto DOF 31/12/2025

  • › Fórmula: valor mensual de la UMA × 15.02%
  • › Monto mensual 2026 (febrero–diciembre): $536.22
  • › Enero 2026 (transitorio): valor mensual UMA 2025 × 15.59% — porque la UMA 2026 entra en vigor el 1° de febrero
  • › Límite de ingresos: hasta $11,492.66 mensuales
  • › Excluye: primas de antigüedad, retiro, indemnizaciones y pagos por separación
⚠ Nota sobre la tabla de 2013: La tabla de rangos del Decreto DOF 26/12/2013 (con límite máximo de $7,382.33) ya no está vigente. Fue reemplazada por el nuevo mecanismo de cuota fija basada en la UMA, publicado el 1° de mayo de 2024 y actualizado el 31 de diciembre de 2025 para 2026. Si ves artículos o calculadoras que usan esa tabla antigua, están desactualizados.

Cómo se calcula en nóminas semanales, quincenales o de varios meses

El Decreto también establece las reglas para periodos de pago distintos al mensual:

§ Cálculo por periodo de pago — Art. Segundo Decreto DOF 31/12/2025

  • Nómina semanal o quincenal (periodos menores a un mes): (UMA mensual × 15.02%) ÷ 30.4 × días del periodo · El subsidio del periodo no puede exceder el monto mensual máximo
  • Pago que comprende dos o más meses: (UMA mensual × 15.02%) × número de meses que abarca el pago

Cómo aparece en tu recibo de nómina

El subsidio para el empleo aparece en tu recibo como una línea de referencia que muestra el crédito aplicado. Su efecto es reducir el ISR a cargo — si el subsidio es mayor al ISR del mes, el ISR queda en cero. Desde el Decreto DOF 01/05/2024, el excedente ya no se entrega al trabajador como pago adicional: la retención simplemente queda en $0.

Dónde buscarlo en tu recibo

  • › Busca la línea "Subsidio para el empleo" — puede aparecer en percepciones o como nota informativa
  • › Si tu ISR del mes es menor al subsidio → ISR retenido = $0 (el subsidio lo absorbió)
  • › Si tu ISR del mes es mayor al subsidio → ISR retenido = ISR − subsidio
  • › El excedente de subsidio sobre ISR ya no genera un pago adicional al trabajador desde el Decreto DOF 01/05/2024

Si tienes dos empleos, solo te aplica uno

El subsidio al empleo solo puede aplicarlo un patrón. Si trabajas simultáneamente con dos empleadores, la ley te obliga a avisar por escrito al segundo que el primero ya te aplica el subsidio, antes del primer pago del año.

§ Dos empleos — Art. 98 Fracc. IV LISR

  • › Antes del primer pago del año con el segundo patrón, comunícale por escrito que el otro ya aplica el subsidio
  • › El segundo patrón queda obligado a no aplicarlo
  • › Si ambos lo aplican sin que lo reportes, al ajuste anual puede surgir un saldo a cargo

Preguntas frecuentes

Es un beneficio fiscal del gobierno federal para trabajadores asalariados con bajos ingresos. Se aplica contra el ISR mensual, reduciéndolo o eliminándolo. Desde el Decreto DOF 01/05/2024, si el subsidio supera al ISR del mes el ISR queda en cero — pero el excedente ya no se entrega como pago adicional al trabajador. En 2026, el monto es $536.22 al mes para quienes ganan hasta $11,492.66. Base legal: Decreto DOF 31/12/2025 que modifica el Decreto DOF 01/05/2024.
$536.22 mensuales, de febrero a diciembre de 2026. Para enero de 2026 aplica el porcentaje transitorio del 15.59% sobre el valor mensual de la UMA 2025 (porque la UMA 2026 entra en vigor hasta el 1° de febrero). El monto resulta de multiplicar el valor mensual de la UMA por 15.02%, como establece el Decreto DOF 31/12/2025.
Sí, si tu ISR del mes es menor a $536.22, el subsidio lo cubre completamente y tu ISR queda en $0. Desde el Decreto DOF 01/05/2024, el subsidio funciona únicamente como crédito contra el ISR — si el subsidio supera al ISR, el excedente ya no se entrega como pago adicional al trabajador. El resultado es que pagas $0 de ISR ese mes, no que recibes dinero extra.
La tabla original del Decreto DOF 26/12/2013 tenía un límite máximo de $7,382.33 al mes. Cuando el salario mínimo general superó ese monto en 2024, la tabla quedó obsoleta y dejó a los trabajadores de menores ingresos sin el beneficio. El Decreto DOF 01/05/2024 la sustituyó por una cuota fija basada en un porcentaje de la UMA, que se actualiza automáticamente cada año junto con la UMA.
No. El patrón lo aplica automáticamente cada mes al calcular tu nómina. No hay trámite, solicitud ni aviso al SAT. Tu única obligación es, si tienes dos empleos al mismo tiempo, avisar por escrito al segundo patrón que el primero ya te aplica el subsidio.
Para nóminas de periodos menores a un mes, se divide (UMA mensual × 15.02%) entre 30.4, y ese resultado se multiplica por el número de días del periodo de pago. El monto del periodo no puede exceder el subsidio mensual máximo. Así lo establece el Art. Segundo del Decreto DOF 31/12/2025.

Calcula tu ISR mensual sobre nómina — salario neto, retenciones IMSS, Infonavit e ISR según las tablas SAT 2026.

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