Si has visto en tu recibo de nómina una línea que dice "Subsidio para el empleo" y nunca has entendido qué es, aquí está la respuesta directa: es un beneficio fiscal del gobierno federal para trabajadores con sueldo bajo. En lugar de que pagues ISR completo, el gobierno te da un crédito mensual que lo reduce — o lo elimina completamente. En 2026, ese crédito es de $536.22 por mes para quienes ganan hasta $11,492.66 mensuales. El patrón lo calcula y aplica automáticamente — no tienes que pedirlo ni tramitarlo.
La respuesta directa: es un crédito que reduce tu ISR mensual
El subsidio al empleo funciona así: tu patrón calcula primero el ISR que te correspondería pagar sobre tu sueldo del mes. Luego compara ese ISR con el monto del subsidio que te corresponde. Lo que pase después depende de cuál es mayor:
§ Cómo afecta el subsidio tu nómina — Decreto DOF 31/12/2025
- › Tu ISR del mes es mayor al subsidio → el subsidio reduce tu retención (pagas menos ISR)
- › El subsidio es mayor al ISR del mes → el ISR queda en $0 · el excedente no se entrega como pago adicional
- › Tus ingresos mensuales superan $11,492.66 → subsidio = $0.00, pagas ISR sin crédito
§ Art. Segundo, Decreto que otorga el subsidio para el empleo (DOF 01/05/2024, modificado DOF 31/12/2025) · § Art. 96 LISR
§ Monto del subsidio 2026
El subsidio para el empleo en 2026 es de $536.22 mensuales (febrero a diciembre). Se aplica contra el ISR — si el subsidio es mayor al ISR del mes, el ISR queda en cero. Desde el Decreto DOF 01/05/2024, el excedente ya no se entrega al trabajador como pago adicional. El Decreto DOF 31/12/2025 establece expresamente ese monto en sus considerandos.
El mecanismo vigente en 2026: ya no es una tabla de rangos
Hasta 2023, el subsidio al empleo funcionaba con una tabla de rangos de ingresos con montos distintos para cada nivel (Decreto DOF 26/12/2013). Esa tabla quedó obsoleta porque el salario mínimo la rebasó. Desde el 1° de mayo de 2024, el mecanismo cambió completamente: ahora el subsidio es una cuota fija mensual igual para todos los trabajadores que califican, calculada como un porcentaje de la UMA.
§ Mecanismo vigente — Art. Segundo Decreto DOF 31/12/2025
- › Fórmula: valor mensual de la UMA × 15.02%
- › Monto mensual 2026 (febrero–diciembre): $536.22
- › Enero 2026 (transitorio): valor mensual UMA 2025 × 15.59% — porque la UMA 2026 entra en vigor el 1° de febrero
- › Límite de ingresos: hasta $11,492.66 mensuales
- › Excluye: primas de antigüedad, retiro, indemnizaciones y pagos por separación
§ Art. Segundo y Transitorio Segundo, Decreto DOF 31/12/2025 · UMA mensual 2026: $3,566.22 (INEGI · DOF 09/01/2026)
Cómo se calcula en nóminas semanales, quincenales o de varios meses
El Decreto también establece las reglas para periodos de pago distintos al mensual:
§ Cálculo por periodo de pago — Art. Segundo Decreto DOF 31/12/2025
- › Nómina semanal o quincenal (periodos menores a un mes): (UMA mensual × 15.02%) ÷ 30.4 × días del periodo · El subsidio del periodo no puede exceder el monto mensual máximo
- › Pago que comprende dos o más meses: (UMA mensual × 15.02%) × número de meses que abarca el pago
§ Art. Segundo párrafos tercero, cuarto y quinto, Decreto DOF 31/12/2025
Cómo aparece en tu recibo de nómina
El subsidio para el empleo aparece en tu recibo como una línea de referencia que muestra el crédito aplicado. Su efecto es reducir el ISR a cargo — si el subsidio es mayor al ISR del mes, el ISR queda en cero. Desde el Decreto DOF 01/05/2024, el excedente ya no se entrega al trabajador como pago adicional: la retención simplemente queda en $0.
Dónde buscarlo en tu recibo
- › Busca la línea "Subsidio para el empleo" — puede aparecer en percepciones o como nota informativa
- › Si tu ISR del mes es menor al subsidio → ISR retenido = $0 (el subsidio lo absorbió)
- › Si tu ISR del mes es mayor al subsidio → ISR retenido = ISR − subsidio
- › El excedente de subsidio sobre ISR ya no genera un pago adicional al trabajador desde el Decreto DOF 01/05/2024
§ Art. Segundo Decreto DOF 31/12/2025 · "se aplicará contra el impuesto sobre la renta... que resulte a cargo"
Si tienes dos empleos, solo te aplica uno
El subsidio al empleo solo puede aplicarlo un patrón. Si trabajas simultáneamente con dos empleadores, la ley te obliga a avisar por escrito al segundo que el primero ya te aplica el subsidio, antes del primer pago del año.
§ Dos empleos — Art. 98 Fracc. IV LISR
- › Antes del primer pago del año con el segundo patrón, comunícale por escrito que el otro ya aplica el subsidio
- › El segundo patrón queda obligado a no aplicarlo
- › Si ambos lo aplican sin que lo reportes, al ajuste anual puede surgir un saldo a cargo
§ Art. 98 Fracc. IV LISR — última reforma DOF 01-04-2024
Preguntas frecuentes
Calcula tu ISR mensual sobre nómina — salario neto, retenciones IMSS, Infonavit e ISR según las tablas SAT 2026.
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