El aguinaldo es una prestación obligatoria establecida en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. En 2026, todo trabajador con relación laboral formal tiene derecho a recibir mínimo 15 días de salario antes del 20 de diciembre; si no trabajó el año completo, le toca la parte proporcional.
¿Cuánto es el aguinaldo mínimo en 2026?
La LFT establece un mínimo de 15 días de salario por año completo. Sin embargo, muchas empresas otorgan 20, 30 o más días como prestación superior.
La fórmula es: Salario Diario × Días de Aguinaldo. El salario diario se obtiene dividiendo el mensual entre 30.
¿Cómo se calcula el aguinaldo proporcional?
Si no trabajaste el año completo — por haber ingresado después del 1 de enero o haber renunciado antes del 20 de diciembre — tienes derecho al aguinaldo proporcional.
Fórmula: (Salario Diario × 15 días ÷ 365) × Días Trabajados
¿Qué días cuentan para el proporcional y cuáles no?
No todos los días del año se cuentan igual. Los días que sí cuentan como días trabajados: los laborados normalmente, los descansos obligatorios (domingos y festivos), las vacaciones disfrutadas, los permisos con goce de sueldo, y las incapacidades por riesgo de trabajo o enfermedad profesional. Las madres trabajadoras durante los períodos pre y postnatales también se consideran en servicio activo y esos días no se pueden descontar (Art. 127 Fracc. IV y Art. 170 LFT). Lo mismo aplica para la licencia de paternidad.
Los días que no cuentan y reducen el proporcional: las faltas injustificadas, los permisos sin goce de sueldo, y las incapacidades por enfermedad general del IMSS — durante esos períodos el IMSS cubre un subsidio y el trabajador no genera salario ordinario. Esta distinción es una de las fuentes más frecuentes de conflicto entre trabajadores y empresas al liquidar el aguinaldo.
¿El aguinaldo paga ISR en 2026?
Sí, pero solo la parte que supera el monto exento. El Artículo 93 Fracción XIV de la LISR establece una exención de ISR sobre el aguinaldo.
El criterio vigente del SAT es aplicar 30 UMAs diarias como monto exento: en 2026 equivale a $3,519.30 (30 × $117.31 UMA diaria). El aguinaldo que supere esa cantidad sí está gravado y tu empleador debe retenerte el ISR correspondiente en nómina.
Nota UMA vs Salario Mínimo: El texto literal del Art. 93 Fracc. XIV LISR dice "30 días de salario mínimo", pero el SAT aplica la UMA como referencia para efectos del ISR, no el salario mínimo. La PRODECON (la defensoría del contribuyente) ha opinado que debería usarse el salario mínimo, por tratarse de una prestación laboral, pero esa opinión no obliga al SAT. En 2026 hay una diferencia importante entre ambos: 30 UMAs = $3,519.30, mientras que 30 días de salario mínimo = $9,451.20. El SAT aplica el criterio de UMA. Si tienes dudas sobre qué criterio usa tu empresa, consúltalo con tu contador.
Para que lo veas claro, así queda el monto exento de aguinaldo en 2026 según el criterio que se aplique. El SAT usa la UMA; las otras dos columnas son solo para comparar con el texto literal de la ley:
| Concepto | Criterio UMA (SAT) | 30 × SM general | 30 × SM frontera norte |
|---|---|---|---|
| Valor diario base | $117.31 | $315.04 | $440.87 |
| Aguinaldo exento (× 30 días) | $3,519.30 | $9,451.20 | $13,226.10 |
El SAT aplica el criterio UMA ($3,519.30). Lo que supere ese monto paga ISR. Fuente: Art. 93 Fracc. XIV LISR · UMA INEGI DOF 09/01/2026 · SM CONASAMI DOF 09-12-2025.
¿El aguinaldo cuenta para el IMSS y el Infonavit en 2026?
Sí, y aquí no existe ningún monto exento como en el ISR. El Artículo 27 de la Ley del Seguro Social incluye las "gratificaciones" —el aguinaldo es exactamente eso— entre los pagos que forman el salario base de cotización (SBC), y el aguinaldo no aparece en ninguna de las excepciones que sí protegen, por ejemplo, a la despensa o a los premios de puntualidad. Tu patrón debe integrar el 100% de tu aguinaldo a tu SBC, sea que hayas recibido el mínimo de 15 días o una prestación superior — pero esto no se ve como un descuento extra en diciembre: su valor se prorratea entre los 365 días del año a través del factor de integración, el mismo mecanismo que explicamos a detalle en la guía de SBC, no se suma de golpe el día que se paga.
Con el Infonavit ocurre exactamente lo mismo, por una razón sencilla: el Artículo 29, fracción II de la Ley del Infonavit no define su propia base salarial, sino que remite directamente a la del IMSS. Como el aguinaldo integra el 100% del SBC, también integra el 100% de la base sobre la que tu patrón calcula su aportación del 5% a tu Infonavit.
Para verlo comparado de un vistazo — el mismo aguinaldo recibe trato distinto según la ley que lo mire:
| Ley aplicable | ¿Tiene tope? | Tope 2026 |
|---|---|---|
| ISR (Art. 93 Fracc. XIV LISR) | Sí | 30 UMA = $3,519.30 |
| IMSS / SBC (Art. 27 LSS) | No | Integra el 100% |
| Infonavit (Art. 29-II Ley Infonavit) | No | Integra el 100% |
Fuente: Art. 93 Fracc. XIV LISR · Art. 27 LSS · Art. 29 Fracc. II Ley del Infonavit.
Error frecuente
Es fácil asumir que, como el aguinaldo tiene un tope exento para el ISR (30 UMA), ese mismo tope aplica para el IMSS o el Infonavit. No es así: son leyes distintas, con reglas propias. El tope de 30 UMA existe únicamente en la Ley del ISR. Para el Seguro Social y para el Infonavit no hay tope alguno — el aguinaldo se integra en su totalidad, sin excepción, sin importar qué tan alto sea el monto.
Esta integración es una obligación exclusiva de tu patrón: no es algo que tengas que calcular ni gestionar tú. Si quieres ver cómo encaja el aguinaldo dentro del resto de tu salario base de cotización y cómo se calculan tus cuotas obrero-patronales del IMSS, puedes revisar esa guía completa.
¿Cuándo se paga el aguinaldo 2026?
El Art. 87 LFT establece que el aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año, sin excepción. El patrón que no lo pague en tiempo puede recibir multas de 50 a 5,000 veces la UMA (aproximadamente $5,865 a $586,550 pesos en 2026) conforme al Art. 1002 LFT.
En 2026 el 20 de diciembre cae en domingo. La ley pide pagarlo antes de esa fecha, así que revísalo en tu pago de la semana o quincena anterior. Si no te lo pagan, la PROFEDET o la procuraduría del trabajo de tu estado te asesoran gratis.
Si renunciaste o te despidieron antes de diciembre, el aguinaldo proporcional debe incluirse en tu finiquito o liquidación.